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Grupo Iberdrola · Distribuidora principal en Alicante y Comunidad Valenciana
C. Valenciana, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, parte del País Vasco.
Por ley, la comercialización y la distribución de electricidad están separadas. Aquí te explicamos qué hace cada una, a quién acudir ante una incidencia técnica y cómo reclamar si un problema en la red te ha causado daños.
Desde la central hasta tu enchufe intervienen empresas distintas, cada una con una función delimitada por la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. Este es el recorrido:
Un dato clave
Tú eliges libremente tu comercializadora (por eso estás con BSG Energía o con la que prefieras). Pero no puedes elegir tu distribuidora: viene fijada por la zona geográfica de tu punto de suministro.
Cada empresa tiene competencias distintas fijadas por ley. Este cuadro resume qué corresponde a cada una:
Relación comercial y administrativa contigo
Propietaria y responsable técnica de la red en tu zona
Si no sabes a quién acudir, este esquema resuelve el 95 % de los casos:
Si una sobretensión te ha quemado un electrodoméstico o unos microcortes te han estropeado equipos, sigue estos cinco pasos en orden. Cada uno importa para que la reclamación prospere:
Al teléfono de averías 24h. Apunta el número de incidencia, la fecha y la hora de la llamada. Es la prueba más importante.
No los tires ni los repares hasta que la distribuidora te confirme si envía un perito a revisarlos.
Facturas de compra de los aparatos, parte del servicio técnico, fotografías, testimonios de vecinos que hayan sufrido lo mismo.
Por escrito a la distribuidora (formulario en su web). Tienen un plazo máximo de 5 días hábiles para responderte, según el RD 1955/2000.
Muchas pólizas cubren estos daños. La aseguradora te indemnizará y después reclamará por su cuenta a la distribuidora.
⚠️ Un consejo que te ahorrará problemas
El error más común es tirar el aparato averiado o ir directamente a comprarse uno nuevo. Sin el aparato dañado y sin el número de incidencia de la distribuidora, la reclamación pierde casi toda su fuerza probatoria. Guarda todo y anota todo desde el primer minuto.
Estas son las cuatro grandes distribuidoras que operan en España. La que te corresponde depende de la ubicación de tu punto de suministro:
Grupo Iberdrola · Distribuidora principal en Alicante y Comunidad Valenciana
C. Valenciana, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, parte del País Vasco.
Grupo Endesa
Andalucía, Cataluña, Aragón, Baleares, Canarias.
Grupo Naturgy (antes Unión Fenosa Distribución)
Galicia, Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, parte de Asturias.
Grupo EDP (antes HC Energía)
Asturias, zonas de Cantabria, Madrid, Aragón, Cataluña, C. Valenciana.
📍 ¿Cómo saber exactamente cuál es la tuya?
Las cuatro primeras cifras del CUPS (que aparece en tu factura, después de "ES") identifican a tu distribuidora. También puedes usar el mapa nacional de distribuidoras o llamarnos y te lo confirmamos.
No. Los daños derivados de incidencias técnicas en la red eléctrica (cortes, microcortes, sobretensiones) son responsabilidad de la empresa distribuidora, no de la comercializadora. En BSG Energía te facilitamos los datos de contacto y colaboramos en lo que necesites, pero la reclamación debes dirigirla a la distribuidora.
BSG Energía es tu comercializadora: te vende la energía, te factura y gestiona tu contrato. En la factura aparecen conceptos que corresponden tanto a la comercialización (energía, servicios) como a la distribución (peajes de acceso a la red, que la distribuidora percibe a través de nuestra facturación). Esto está regulado por la CNMC y es común a todas las comercializadoras.
No. A diferencia de la comercializadora (que sí puedes elegir libremente), la distribuidora viene determinada por la ubicación geográfica del punto de suministro. En cada zona opera una única distribuidora asignada.
Puedes acudir al Servicio Territorial de Industria de tu Comunidad Autónoma o al Servicio de Consumo. Si tienes seguro de hogar o negocio, coméntaselo también a tu aseguradora. Como último recurso queda la vía judicial.
Según el Real Decreto 1955/2000, la distribuidora dispone de un plazo máximo de 5 días hábiles para dar una respuesta inicial a tu reclamación por daños. Si necesita más tiempo para la valoración técnica, debe comunicártelo motivadamente.
Comunícalo igualmente a la distribuidora abriendo un parte. Ellos son quienes pueden verificar técnicamente si hubo alguna incidencia en la red en esa fecha. Si finalmente resulta que la causa fue interna (un fallo del aparato, un problema en tu instalación), la propia distribuidora te lo confirmará y sabrás a qué atenerte.
Todo lo anterior no es una decisión de BSG Energía: es lo que fija la normativa vigente del sector eléctrico español.
Nota: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo y refleja el marco legal vigente en la fecha de su publicación. No sustituye al asesoramiento profesional en casos concretos. Las condiciones específicas de tu contrato con BSG Energía prevalecen y se recogen en las Condiciones Generales del Contrato.
Con una factura, un CUPS o el CIL de tu planta hacemos un primer análisis sin compromiso. Respondemos en 24 horas laborables.